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Código de las Familias y juventud: 10 temas que debes saber

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Probablemente ya habrás escuchado sobre el nuevo Código de las Familias. En la escuela, el trabajo, la sala de casa, las redes, una guagua o la televisión, habrás tropezado con algún debate -quizás subido de tono- en torno al matrimonio igualitario, la adopción, las uniones entre adolescentes, el referendo para su aprobación u otros temas candentes. Es lógico, porque el proyecto que por estos días se debate, busca proteger todas las expresiones de diversidad familiar a partir de principios de igualdad, no discriminación y dignidad humana. Y no siempre hay consensos.

Pero el punto de partida está claro: si la cotidianidad de la Isla nos confirma una y otra vez que no existe “una familia de manual”, que hay muchos diseños posibles; la renovada legislación tiene que definir, regular y proteger todos los hogares y personas, más allá de sus diferencias. Por tanto, nos cuentan los especialistas, el Código no impone modelos, no quita derechos a unos para dárselos a otros; más bien ofrece alternativas para solucionar conflictos familiares diversos.

En realidad, va mucho más allá de los temas de moda, de lo que puedas escuchar en redes o paradas. La nueva normativa recoge derechos, deberes y temas vitales para quienes vivimos en la Cuba de hoy; también -de forma específica- para la juventud. En coherencia con los tratados internacionales firmados por la nación, tiene en la protección de niños, niñas, adolescentes y jóvenes otra prioridad.

Así nos lo explicó la profesora titular de Derecho Civil de la Universidad de Matanzas, Yairis Arencibia Fleitas. “Sobre todo a partir de la Convención sobre los Derechos del Niño de 1989, se reconoce a niños, niñas y adolescentes como sujetos de derecho y no objetos de protección; se siembran las bases para una juventud más plena y responsable. Para estar en sintonía con estos postulados, nuestras legislaciones también deben actualizarse”.

Precisamente por ello, Cuba Joven te resume en diez puntos claves cómo el nuevo Código de las Familias incluye y representa a los más jóvenes. Antes de que lleguen las consultas en las comunidades y el referendo para su aprobación en los que, por cierto, también podrás participar, te contamos algunos temas fundamentales que debes saber.

1. Derechos en el ámbito familiar, también para los jóvenes

El artículo 4 de la nueva legislación establece derechos clave para todas las personas en el ámbito familiar; algunos resultan vitales para los más jóvenes. No es casual que encuentren espacio allí el libre desarrollo de la personalidad, la intimidad y la libertad para configurar su proyecto de vida, tanto desde el punto de vista familiar como personal.

Según Caridad del Carmen Valdés Díaz, profesora titular de Derecho Civil de la Universidad de La Habana (UH), como todas las personas los jóvenes “podrán elegir el modelo familiar que desean formar, el régimen económico del matrimonio que formalicen si es ese el modelo familiar que adoptan, el número de hijos que deseen tener y su espaciamiento, podrán acceder a técnicas de reproducción humana asistida, podrán suscribir contratos de alimentos, podrán desplegar su identidad sexual y de género, por mencionar los aspectos más trascendentes recogidos en esa norma”, apunta.

Y no queda al azar, insiste Arencibia Fleitas. Se responsabiliza a la familia en la garantía de tales derechos, se reconoce de manera expresa su deber y responsabilidad en asegurar a las personas jóvenes el despliegue a plenitud de sus derechos, en un ambiente de igualdad, corresponsabilidad parental, participación, acompañamiento –y no sustitución- de los niños, niñas y adolescentes, comunicación y no violencia.

2. Autonomía progresiva para la infancia y adolescencia

Un punto de avance fundamental en el nuevo Código es que refuerza la noción de autonomía progresiva en la infancia y adolescencia. Protege la maternidad, la paternidad y la promoción de su desarrollo responsable, a la par que prioriza el respeto a la infancia y adolescencia.

Enfatiza el derecho de niñas, niños y adolescentes a ser escuchados conforme con su capacidad y autonomía progresiva, a que su opinión sea tenida en cuenta, a la participación en la toma de las decisiones familiares que atañen a sus intereses, a su protección en el entorno familiar contra todo tipo de discriminación, perjuicio, abuso, negligencia o explotación y a un ambiente libre de violencia, incluyendo el ámbito digital, amplía Valdés Díaz.

Partiendo de que no todos los niños y adolescentes presentan las mismas necesidades físicas, psicológicas y educativas, sino que estas son específicas en cada etapa de su desarrollo evolutivo; “el artículo 5 del referido documento reconoce el derecho de los padres de impartir a sus hijos, en consonancia con la evolución de sus facultades, dirección y orientación apropiadas para que el niño ejerza sus derechos”, señala Jetzabel M. Montejo Rivero, profesora de Derecho Civil y de Familia en la Universidad de Camagüey.

“Eso no es otra cosa que lo que percibimos todos en la vida práctica; un niño de dos o tres años no tiene determinada madurez para actos y a medida que va creciendo, nosotros mismos le vamos concediendo a nuestros hijos determinada participación: eso es la autonomía progresiva”, explica Ana María Álvarez Tabío, profesora titular de la Facultad de Derecho de la UH.

La legislación se alinea con los esfuerzos por deconstruir mitos asociados a la crianza como que los hijos son posesiones o que la infancia es débil por naturaleza. Propone entender a niños, niñas y adolescentes como sujetos de derecho que merecen un trato digno, justo; que merecen tener voz. Porque cuando no se le concede la posibilidad de participar, en cierto modo se les violenta.

3. De la patria potestad a la responsabilidad parental

En relación con lo anterior, la normativa en discusión insiste en entender la maternidad y paternidad como un asunto de responsabilidad y no de posesión. Define como uno de sus roles educar a los hijos para el desarrollo en sociedad, para que tomen sus propias decisiones. De ahí, la inclusión de la responsabilidad parental en reemplazo de la añeja concepción de patria potestad.

El término usado hasta ahora, explica Roxanne Castellanos Cabrera, profesora titular de la Facultad de Psicología de la UH, se originó en la antigua Roma y hacía referencia al poder exclusivo del hombre (el padre) sobre los hijos. “La infancia carecía de valor, a tal punto que los niños y niñas, podían ser canjeados o vendidos. Además, el maltrato no era mal visto. Toda esa carga de sentidos negativos, sigue presente cuando se habla de Patria potestad, de ahí que muchos países del mundo lo han ido reconceptualizando, en correspondencia con el desarrollo de la humanidad”.

Si entendemos la niñez y adolescencia desde una nueva dimensión, más respetuosa de sus capacidades y derechos, debemos reformular también los modos en que se ejerce la crianza. Con el término responsabilidad parental, el nuevo Código de las Familias busca reforzar que el hecho de ser madres y padres, más que tener posesiones, implica mucha responsabilidad por las vidas y el bienestar de hijos e hijas, apunta Castellanos Cabrera.

4. Derecho a la identidad, una prioridad

En la nueva legislación familiar, aparece enunciado por primera vez el derecho a la identidad, enfatizando particularmente en los niños, niñas y adolescentes. El artículo 5 en los incisos f) y k) reconoce su derecho al libre desarrollo de la personalidad y a la identidad, destaca Valdés Díaz.

Desde su perspectiva, esto está en sintonía con uno de los aciertos de la Constitución de 2019: el reconocimiento de un amplio catálogo de derechos, en particular de los inherentes a la personalidad. Dentro de ese grupo destaca, por su novedad e importancia, el derecho a la identidad personal, enunciado en el artículo 48, junto a la intimidad, el honor, la imagen y voz, con la debida exigencia de respeto a todos ellos.

De reciente reconocimiento internacional, explica la experta de la UH, “este derecho incluye una faz estática, la cual abarca todos aquellos elementos que permiten la identificación objetiva de la persona en la sociedad, desde los signos identificativos tradicionales como el nombre, el estado civil, las huellas dactilares, la ciudadanía, el domicilio, la filiación, la imagen, etc., hasta la información genética de cada individuo; y una faz dinámica, la cual se despliega en el tiempo, integrada por los rasgos de índole cultural, moral, psicológica que caracterizan a la persona, así como su idiosincrasia, pensamientos y actitudes”.

Los principios asociados a la autonomía progresiva redundan en la conformación de la identidad y el libre desarrollo de la personalidad. En el proyecto del Código hay manifestaciones concretas que sirven de ejemplo:

  • El artículo 7 destaca que el interés superior de niñas, niños y adolescentes es un principio general en todas las acciones y decisiones que les conciernen. Para su determinación debe tomarse en cuenta su identidad y condición específica como persona en desarrollo.
  • El artículo 59 prevé la posibilidad de investigar la maternidad y paternidad para conocer la identidad de origen en el ámbito de la filiación natural y el artículo 89 permite el acceso al expediente de adopción con igual fin.
  • A tono con las modificaciones al Código Civil que se incluyen en las disposiciones finales, se reduce la edad para otorgar testamento y para establecer previsiones en cuanto a la propia capacidad o mecanismos de autoprotección a los 14 años.

“Se ha dicho que el derecho a la identidad es el derecho a ser quien se es, es un derecho a la propia biografía, que se va escribiendo y reescribiendo desde que se inicia la vida y hasta su final”, resume la experta. Que el nuevo Código lo priorice de forma nominal y aplicada, es otro gran avance.

5. Deberes respecto a los padres y otros familiares

Para Arencibia Fleitas, otro elemento a resaltar es que el código prevé deberes respecto a los padres tanto para hijos mayores como menores de edad, de acuerdo con su edad, la evolución de sus facultades y sus aptitudes personales.

Específicamente, las hijas e hijos mayores de edad deben prestar colaboración a sus madres y padres u otros ascendientes en todas las circunstancias de la vida, cuidar de ellos, brindarles afecto, respetarles, proporcionarles alimentos y atenderles en correspondencia con sus necesidades.

“Significa el reconocimiento legal de valores trascendentales para toda familia, como lo son el respeto, la solidaridad, la responsabilidad, al tiempo que implica la elevación del afecto a categoría jurídica”, argumenta.

6. Adiós a la autorización excepcional para el matrimonio adolescente

Tras las consultas especializadas del anteproyecto del Código realizadas entre septiembre y noviembre de este año, la versión 23 que se presentará a la Asamblea Nacional del Poder Popular elimina la autorización excepcional del matrimonio para adolescentes entre 16 y 18 años. Esa es una gran victoria de la nueva legislación y de su proceso de consultas.

Yamila González Ferrer, vicepresidenta de la Unión Nacional de Juristas, argumenta que el Código vigente permite una autorización excepcional de los padres al matrimonio de las niñas a los 14 y los varones a los 16. El anteproyecto proponía mantener esa autorización excepcional, pero en este caso del Tribunal y con edades iguales para niñas y varones, 16 años.

“Se tuvieron en cuenta los criterios especializados, las fundamentaciones de los estudios que se han hecho en el país y la demostración de lo nocivo que resulta permitir estos matrimonios, en tanto es una determinante de los embarazos precoces y la maternidad adolescente -con sus múltiples consecuencias para el desarrollo de las madres- y se aconsejó eliminarlo del proyecto, coincidente con una tendencia internacional”, apuntó durante una emisión de la Mesa Redonda.

7. Obligación legal de dar alimentos, también para quienes cursan la educación superior

La normativa que nos ocupa refuerza las fórmulas garantistas para personas en cualquier situación de desventaja o vulnerabilidad en el espacio familiar, también los hijos e hijas que cursen la educación superior. Entre otras instituciones jurídico-familiares, regula la obligación legal de alimentos, que abarca todo lo que es indispensable para satisfacer las necesidades de sustento, habitación, vestido, conservación de la salud, recreación, cuidado personal y afectivo, y en el caso de personas menores de edad, también los requerimientos para su educación y desarrollo.

Entre las personas que pueden reclamar alimentos, se encuentran las hijas e hijos menores de edad, a sus madres y padres. Pero ahora el cese de obligación se extiende para beneficiar también a aquellos jóvenes que, aunque cumplen la mayoría de edad, se mantienen estudiando.

Como una fórmula de protección a la juventud, explica Álvarez Tabío, “logramos por estas vías que sean tributarios de la obligación legal de alimentos las personas que, aunque ya hayan adquirido la mayoría de edad, se encuentren vinculadas a un centro de enseñanza que les dificulte dedicarse al trabajo remunerado”.

8. Defensoría familiar, otra garantía

Otro elemento novedoso en el proyecto lo constituye la defensoría familiar, apunta Arencibia Fleitas. “Como figura prevista para la protección de los niños, niñas y adolescentes o cualquier persona en situación de vulnerabilidad en el ámbito familiar, les permite la libre elección del defensor que llevará su voz al proceso en que deba participar ante cualquier situación que afecte sus derechos”.

Se garantiza el ejercicio de sus derechos y su restablecimiento ante una violación, en tanto las personas mencionadas se pueden hacer representar en los asuntos derivados de la aplicación del Código, por defensores familiares libremente elegidos por ellos o designados en los casos que proceda, por solicitud de la persona, o de la propia defensoría o a instancia de la fiscalía.

9. Derecho a la comunicación con abuelas, abuelos y otros parientes

El Código de los afectos, como insisten en llamarlo los expertos vinculados con su redacción, reconoce el derecho de abuelas, abuelos y otros parientes consanguíneos, afines y de otra naturaleza y de niños, niñas y adolescentes a una armónica y cercana comunicación entre ellos en el entorno familiar.

El proyecto regula la comunicación entre todos los miembros de la familia como un derecho y como un deber bilateral, recíproco y que no se circunscribe a padres e hijos, por cuanto abuelos y otros parientes encuentran respaldo en el programa. Resalta además su alcance, a tono con nuestros tiempos, toda vez que extiende las opciones de comunicación a la forma escrita, verbal o a través de medios tecnológicos”, destaca Arencibia Fleitas.

10. Un Código contra la violencia y la discriminación

En sintonía con el artículo 85 de la Constitución de la República, el documento puesto a debate expresa el derecho a una vida familiar libre de violencia en cualquiera de sus manifestaciones -ya sea de género, contra personas adultas mayores o con capacidades diferentes o contra niñas, niños y adolescentes- y presenta fórmulas protectoras frente a estas situaciones. “Se incluye no solo la noción de violencia como expresión extrema de la discriminación, sino la discriminación en sí misma como un acto dañino para el ámbito familiar”, apuntó González Ferrer.

Según Álvarez Tabío, la normativa establece responsabilidades y consecuencias palpables para quienes agredan a otros, en cada una de las instituciones definidas. Además, plantea que todos los asuntos en materia de violencia familiar tienen que ser de tutela judicial urgente. Establece acciones específicas para asegurar espacios de bienestar para niños, niñas, adolescentes y jóvenes.

No por gusto, ejercer malos tratos también constituye una limitación para la denegación, suspensión o modificación de los regímenes de comunicación familiar y entre los impedimentos para adoptar se introduce el haber sido sancionado por delitos vinculados con la violencia de género. “No se puede propiciar una comunicación, mucho menos con niños, niñas y adolescentes, si la persona en cuestión es violenta”, insistió Álvarez-Tabío.

Relacionado con ese principio, el documento identifica la agresividad como causa posible de la privación de la responsabilidad parental, incluso aunque no se ejerza directamente contra niños y niñas.

Un Código que mira a la juventud

Estos y otros aspectos sirven como confirmación: el nuevo Código de las Familias fue pensado también para representar a niños, niñas, adolescentes y jóvenes. En la medida en que los reconoce como miembros activos de los colectivos familiares, establece para ellos deberes y derechos vitales que abarcan espacios diversos.

No significa que todas las batallas están ganadas. Más allá del documento, reconoce Arencibia Fleitas, queda un importante camino legislativo por recorrer. “Tendrán que ver la luz cuerpos legales destinados exclusivamente a los derechos de las personas más jóvenes como un renovado Código de la infancia, la adolescencia y la juventud y un Código Civil más a tono con nuestros tiempos”.

Además, al Código de las Familias -así, en plural, porque es el Código de todas ellas- le queda aún un largo camino para ser efectivo. Tras confirmarse como proyecto en las próximas sesiones de la Asamblea Nacional del Poder Popular, tendrá que llegar a cada comunidad a través de consultas masivas e ir a Referendo Popular en algún momento del próximo año, para finalmente ser aprobado. La participación colectiva, también de los más jóvenes, será esencial.

Se han publicado 45 comentarios



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  • Sencillo dijo:

    El Código de la Familia (así en singular, porque la familia es una, conformada por personas con lazos afectivos o sanguíneos) tiene aspectos positivos pero por 5 o 6 artículos va a perder mucha aceptación y votos en el referendo. Patria potestad romana actualmente? No, porque en los divorcios se le otorga a las madres en preferencia y si se pierde derechos y fuerza legal sobre nuestros hijos al alegar que es nuestra responsabilidad mantenerlos pero tenemos que escucharlos a la hora de resolver conflictos o tomar decisiones. Cómo es eso posible? Quién determina el nivel de madurez de un niño de 15 años que todavia no sabe que profesión va a estudiar y hace cualquier cosa por un celular o una computadora? Tendremos que pasarnos la vida en el psicologo consultando nuestras decisiones para ver si son políticamente correctas? Si estamos perdiendo derechos y hay que revisar bien antes de votar para que por cansancio no aprobemos algo con lo que la mayoría no estemos de acuerdo.

    • Rodney dijo:

      "en los divorcios se le [la patria potestad] otorga a las madres": la patria potestad no se pierde por defecto en un divorcio, supongo que ud se refiere a la guarda y cuidado, que en lo adelante sera compartida, en pos del interes del menor.

      "Quién determina el nivel de madurez de un niño?": existen metodos para cuantificar el desarrollo intelectual, cognitivo, emocional y conductual, no solo de los niños... Creame que hay adultos que pudieran puntuar por debajo de algunos niños.

      • Sencillo dijo:

        Rodney. Gracias por la aclaracion de la guarda y cuidado. El punto es que la madre el 99% de las veces se queda con la guarda y cuidado del niño y en ocasiones le prohibe al padre verlo o se lo dificulta. Segundo tema, la familia no va a tener un psicologo permanente para que evalue el problema dado y le otorgue al niño o no la posibilidad de opinar. A eso me refiero. La ley es interpretable pero no puede tener lagunas tan grandes como decir que dos niños teniendo la misma edad pueden o no tener el mismo grado de madurez para decidir sobre algo. La educación de los padres para escuchar a sus hijos no significa que tengan que tomar decisiones presionados por su opinión.

  • Uno ahi... dijo:

    1- Ok.
    2- Ok.
    3- Podran repetirlo mil veces, que no estare de acuerdo con la responsabilidad parental. Mi hijo es mio y tengo plena potestad para hacer de el lo q estime conveniente, siempre apegado a la ley y criandolo correctamente. Por cierto, ninhuna persona puede ser vendida ni canjeada, no me vengan con conceptos del siglo V antes de cristo que estan completamente fuera de lugar. Sin faltas de respeto que aqui nadie es analfabeto.
    4- Claro que tienes derecho a una identidad, incluso a mychas identidades, a cambiar de identidad diariamente si te apetece pero; si eres un helecho y luces como un helecho, aunque sientas que eres un hongo, a los ojos del mundo sigues siendo un helecho y no te puedes ofender porque te traten como helecho, puedes cambiar tu realidad y tu mundo, pero no el mio, esta claro? y sientete feliz sintiendote hongo, te apoyo!!
    5- No, yo tengo que brindarle afecto a nadie porque lo dice una ley, ni a mis padres. Si se lo ganan, si se lo merecen y sobre todo si yo se lo quiero dar, se lo doy, sino no. Ok?
    6- Ok. Muy muy bien!!!
    7- Ok.
    8- Ok, pero cuidado, los niños pueden ser manipulados y no siempre elegir lo que es mejor o correcto.
    9- Y esto por que hay que ponerlo en una ley? Mire, si yo considero que una persona le hace daño a mi hijo, mi hijo no va a tener contacto con esa persona, sea quien sea, abuelos, tios, o el presidente de la republica porque vale, me quitan la patria potestad pero sigo siendo el responsable pot la educacion de mi hijo. Entonces si considero que le hace daño, no tendran contacto y si quiere protestar ahi estan los tribunales, que me demanden y ya veremos como termina todo porque obviamente, por algo no quiero que te relaciones con mi hijo y estoy dispuesto a llegar a ese punto.
    10- Perfecto, muy muy bien, pero y cuando mi hijo me falte el respeto? y cuando mi hijo me maltrate? donde estan los articulos de este codigo de las familias que me defiende a mi de lo que pueda hacer mi hijo menor de edad? Porque ya no lo puedes regañar porque es maltrato psicologico, no lo puedes castigar pq no eres nazi ni la casa es un campo de concentracion, ni hablar de darle una nalgada... que vas preso, entonces comi me defiendo de ese niño que como todos los niños, quiere hacer lo que le da la... lo que le apetece... que dice la ley al respecto?

    • Zolthan dijo:

      Coincidimos en todos los aspectos...me sumo a tus ideas de principio a fin

    • Siliceng dijo:

      También me sumo a su comentario, están muy bien plasmadas las inquietudes que tenía respecto a estos puntos. En el anteproyecto no ponen límites ni especifican ningunos de estos puntos, lo dejan todo a la interpretación. Saludos.

    • yui dijo:

      Los niños no son de su propiedad al punto de que no le interese sus opiniones o lo que puedan creer o querer en esta vida. Son otros seres humanos con otra visión y pensamiento.

      • Uno ahi... dijo:

        Por supuesto que tienen que ser escuchados!!! el problema es que estan haciendo una ley asumiendo que todas las familias son disfuncionales, maltratan
        a los niños y no se respeta su opinion. Pero hay que tener en cuenta que yo educo a mi hijo como estime conveniente, no como este de moda educarlos o como diga una ley que mañana puede cambiar.

    • Uno ahi... dijo:

      Aprovecho que de habla de juventud para plantear una inquietud. Alguien ha visto el videoclip Dile, de Jacob Forever? Alguien ha visto la vulgaridad, la sexualizacion del ambiente escolar, la propaganda a ser un indisciplinado porque eso es "lo que le gusta a las mujeres", perreo puro y duro en una escuela!!! Y por si fuera poco, lo suben a Picta, el sitio nacional para promocionar contenido audiovisual. Esto no lo combate nadie? Nadie ve esto muy muy mal? Y despues me dicen que no puedo educar a mi hijo como estime conveniente, sino cumpliendo los nuevos estandares educacionales. Y me pregunto, eso es lo que enseñan ahora en las escuelas? Me disculpa quien se sienta aludido y/o discriminado, pero los que tenian esas actitudes cuando yo estaba en la secundaria no siguieron estudiando, quedaron embarazadas con menis de 20 años, muchos estan o han estado presos o son escorias que nada aportan a la sociedad. Eso es lo que estan enseñando ahora en las escuelas?

    • RLDR dijo:

      Mil veces de acuerdo. Gracias.

    • Isel dijo:

      Totalmente de acuerdo con su comentario .

    • Eduardo dijo:

      Uno ahi, de acuerdo contigo. Yo estimo que todos esos planteamientos relacionados con el derecho de los niños, lo unico que conducen es al desboronamiento del respeto en la familia, ya lo veo en muchas familias, niños que deciden no seguir estudiando, por ejemplo, y te contestan, es su vida y su derecho. Del seno familiar, como celula principal, es que salen los componentes de la sociedad, que se llenarian de personas indisciplinadas, petulantes, presuntuosas, faltos de respeto..., que desparpajo!. Creo que se están cometiendo grandes errores en eso y la consecuencia será la formación de una sociedad anarquica, ausentes de personas con deberes con el projimo, etc...
      Claro, ningun niño debe maltratarse, vejarse, y no abusar de ellos. Por eso tenemos que velar todos.
      No violentar de manera tan sutil, usando recursos aparentemente nobles, el derecho de padre y madre a conformar su familia con toda la autoridad que se exige en ese acto tan importante que es criar. Cero violencia a ese derecho.

  • BarrioMarginal dijo:

    El.código está muy bueno, excepto los puntos sobre:
    Matrimonio homosexual
    Adopción homosexual
    Cambio de sexo del menor sin permiso de los padres
    Vientre de alquiler.
    Seguro que no me publican porque esto es un lobby pero al menos lo leen.

    • m&m dijo:

      lo invito/a a dar al menos una razon, logica, racional, demostrada, demostrable, para estar en contra de, vaya, facil, el primer y ultimo de los puntos que pone

      • Uno ahi... dijo:

        Sencillo, porque quiere y porque puede estar en contra de lo que quiera. Es su derecho!! Yo estoy a favor del matrimonio igualitario pero estoy en contra de otras cosas. La cuestion es respetar la opinion y los derechos de cada cual. Todos tenemos derecho a estar en contra de algo y expresarnos, no es asi?

      • Sencillo dijo:

        m&m. Prefiero los dos difíciles para debatir. La adopcion: los adultos no tienen derecho a adoptar, sino que es el niño el que tiene derecho a ser adoptado para recuperar lo que perdió, una mamá y un papá, como lo reflejan diversas leyes y tratados internacionales. Compruebelo en Google. Cambio de sexo en menores: Los niños no tienen capacidad para discernir que tan radical y perjudicial puede ser un cambio de sexo para su salud física y mental hasta pasados los 18 años en que ya pueden tomar esa decisión por sí mismos y los padres no pueden ser los que decidan tampoco mutilar un pedazo de sus hijos aunque crean que es para hacerlos felices. Comprobable según las estadísticas mundiales de la tasa de suicidios de personas que se hacen cambio de sexo. Matrimonio igualitario: No perjudica a nadie.mientras no lo usen como palanca en la ley estilo "todos las personas unidas en matrimonios pueden adoptar". Comprobable en el proceso de aprobar la Constitución. Vientre solidario: Se va a convertir en un negocio quieran o no.

      • m&m dijo:

        escribi una respuesta antes pero no ha salido. asi que repito pero condensada y reucida

        usted puede estar en contra de algo, de todo o de nada. pero debe tener una razon real, fundamentada, logica, razonada y racional, demostrada, por la que se puede decir que se debe oponer a algo.

        si no, es puramente una pataleta, un fundamentalismo o una fobia.

      • m&m dijo:

        secnillo,empezo ud a dar razones con alguna base.
        en la del matrimonio igualitario, esa no es una fundamentacion. esa no es mas que una muestras de fobicos y fundamentalistas en su gran mayoria que hay en el pais.

    • cuasi jurista dijo:

      No ea Vientre en Alquiler. Lea bien!!!!! Gestación Solidaria. Es tan complicado entenderlo

      • Zolthan dijo:

        Oiga por mucho que vistan el mono de sedas mono se queda, eso de cambiarle nombre a lo que ya el mundo sabe lo que es, no nos hace diferente sino en algunos casos ridículo. Estoy a favor de los clientes en alquiler, porque las parejas homosexuales tendrán que recurrir a algún método para la procreación porque obviamente una cosa es lo que ellos imaginen que son psicológicamente y otra muy distinta biológicamente

      • CreoEnCuba dijo:

        Oiga, no sea ingenuo. Es para fomentar el turismo homosexual.
        Vienen, compran una barriga, y...
        Verdad que estamos apretados pero que no.aprieten!!!

      • BarrioMarginal dijo:

        M&m no ofenda nuestra inteligencia

      • m&m dijo:

        marginal, como se "ofende"? su/s "inteligencia" al pedir hacer uso de ella para fundamentar?

  • manuel dijo:

    No estoy de acuerdo con la eliminaciòn de la autorizaciòn excepcional para contraer matrimonio, esta prohibiciòn en modo alguno eliminarà el embarazo precoz, porque no constituye obice para que los adolescentes mantengan relaciones sexuales, sin embargo, ya casados, le da fuerza legal a esta uniòn, lo que deviene en responsabilidad para ambos, sobre todo para el padre, que muchas veces se desentiende de su deber como tal.

    • cuasi jurista dijo:

      Pero ya sería mayor de edad!!! 18 años!!

  • Alberto dijo:

    A que se refiere cuando se plantea atencion a los padres y otros parientes..se podria especificar. Quienes son otros parientes.?
    Muchas gracias...buenos días.

  • paco dijo:

    si a partir del codigo de familia al niño no se le puede ordenar porque lo maltratas de que sirve entonces

  • rebelde dijo:

    Es verdaderamente admirable el trabajo desarrollado por expertos, académicos y especialistas de diferentes ramas de la ciencia en la conformación de este Código, absolutamente moderno y abarcador. Pero como el artículo se refiere a los jóvenes, me concentraré en el tema y directamente a lo siguiente.
    1. El artículo 5 en los incisos f) y k) reconoce el derecho al libre desarrollo de la personalidad y a la identidad. Muy bien, pero entonces no entiendo la necesidad de comenzar a influir desde la escuela con temas relacionados con la identidad y la personalidad, llegando casi a insinuar que un varón puede decidir vestirse como hembra. Estos temas de "educación sexual" se han introducido y contradicen "el libre desarrollo de la identidad y la personalidad", especialmente en edades definitorias. Esto está mal y se asemeja a un forcejeo o a un intento por influir en las decisiones de los jóvenes.
    En general, como dije al principio, es un magnífico documento. Sin embargo puede que no resulte aprobado por volver una vez más a incluir el tema del matrimonio igualitario y la adopción de niños por parejas homosexuales.
    Si como dijo nuestro Presidente hace pocos días, el pueblo, es decir el soberano es quien decide lo que hay que hacer y este soberano rechazó mayoritariamente el artículo 68 del proyecto de Constitución que aprobamos en 2019, lo que indica que no es "el momento histórico" como expresó nuestro invicto Comandante en Jefe en el concepto Revolución, ¿por qué insistir en colar este tema ampliamente rechazado en un documento tan bien trabajado? Así hace el Congreso de EEUU cuando quiere colar alguna resolución contra Cuba, la mete dentro de un voluminoso paquete de leyes y documentos que de no aprobarse afectaría múltiples intereses.
    Sería una lástima tirar por la borda semejante documento por, se puede decir, el capricho de aprobar el matrimonio homo y la adopción. Fidel, lo primero que dice en su concepto, que Revolución es "tener sentido del momento histórico" y en este caso no se ha tenido en cuenta. Además, si no estoy equivocado, democracia significa que se haga lo que quiere la mayoría y en este caso se están aferrando a algo que defiende a una minoría, a la que nadie ya en estos momentos desprecia, ni maltrata, ni discrimina, ya en eso se ha avanzado bastante, pero todavía nuestra sociedad no está lista para semejante salto histórico.

    • BarrioMarginal dijo:

      Eso es precisamente lo que molesta.
      Colar algo indeseado entre tantas cosas buenas huele a trampa, trampa fea.

  • Alejandro dijo:

    Algunos aspectos a considerar:

    1. El "el libre desarrollo de la personalidad" es una falacia y una fachada para otros fines.... Esto debido a que la personalidad no es libre en su desarrollo, su su desarrollo está determinado por factores biológicos, psicológicos y sociales.

    2. Autonomía progresiva.... quien decidirá cuándo un niño es suficiente mente maduro para tomar ciertas decisiones??? O amparado en esto se le otorgará capacidad para decidir y se exigirá que se acepten decisiones tomadas por niños y adolescentes, que todo persona con sentido común saben que no están preparados para tomar, qué razón existiría para mantener la categoría de la "mayoría de edad"???

    3.De la "responsabilidad parental"... Si se quiere hacer resaltar la verdadera responsabilidad de los padres(ambos), no pude ser a costa de sus derechos, si se quisiera reforzar está responsabilidad, debiera haber Sido: patria potestad y responsabilidad.... Los padres no solo juegan un rol en preparar a los hijos para que ejerzan sus derecho, sino que tienen el derecho entre otras cosas, de decidir cómo educar a sus hijos, y que tipo de educación quieren para ellos, de decidir con quién puede o no relacionarse su hijo....

    4. La identidad no es un derecho.... Es un elemento de la personalidad de cada individuo, que se va formando y desarrollando mientras esté lo hace.... Acaso al hablar de este elemento de la personalidad como un derecho se quiere sentar las bases para exigir que se acepte cuándo un niño diga que siente que es del sexo opuesto, por ser parte de su "identidad como derecho", y no un elemento de su personalidad en formación....

    5. Lo de la autorización excepcional al matrimonio... Y si dos adolescentes de 12 años declaran en virtud de su autonomía progresiva que está en condiciones de casarse????

    6. No es un derecho de los padres decidir con quién pueden o no relacionarse sus hijos? Si los padres entienden que determinada relación de su hijo con algún familiar u otra persona no es beneficiosa para un correcto desarrollo de niño, cosa que por lo general, ni los niños ni los adolescentes logran discernir, y desean limitarla o impedirla, por el bienestar del niño. Pregunta: por qué se pretende impedir el actuar de los padres en este sentido con la regulación de la comunicación en el código???

    7. Relativo al punto 10. Se habla sobre la violencia en todos los sentidos en la crianza de los hijos... Ahora, Ej.: Si como sucede con la mayoría de los niños, cuando entran en la crisis de los 3 años, dónde se vuelven sumamente desafiantes de la autoridad del adulto, si unos padres después de haberle establecido un límite al niño, el niño intenta violarlo repetidas veces de tal forma que todos los recurso verbales e imaginativos de los padres se agotan, y aún así el niño persiste en su intento... No pueden legítimamente los padres apelar a una nalgada??? Según el código, eso es violencia familiar, infantil, castigo físico. Tienen los padres que dejar que el niño viole los límites y normas impuestas, y haga lo que le "dé el deseo".

    Gracias

    • Uno ahi... dijo:

      Gracias!!!! Menos mal que no soy el unico que ve esos disparates y se atreve a salir a combatirlos!!

    • BarrioMarginal dijo:

      Y de gracias de que el lobby gay le permitió expresarse!
      Como deben de estar bloqueando comentarios en contra!!!

  • Alejandro dijo:

    Elemento para reflexionar:

    1. Es "libre desarrollo de la personalidad"... El desarrollo de la personalidad es determinado por factores biológicos, psicológicos y sociales, por lo cual es totalmente inadecuado hablar de un "libre" desarrollo de la personalidad.

    2. Relativo a la autonomía progresiva: Quién será el que determine cuándo un niño o adolescente han alcanzado una autonomía progresiva que le permitan tomar decisiones signoficativas???

    3. Si se quiere resaltar la responsabilidad en la crianza de los hijos, por qué hacer un cambio de concepto que atenta directamente contra derechos fundamentales de los padres, como es el derecho de decidir que tipo de educación quieren para sus hijos, con quiénes pueden relacionarse o no. No deberíamos decir que por añeja debemos desechar la patria potestad porque el mismo argumento sirve para desechar incluso muchos anhelos justos que también son añejos.

    4. Sobre la identidad como derecho... Por qué otorga el estatus de derecho a algo que es un elemento de la personalidad de cada individuo y que se va desarrollando al tiempo que esté lo hace???

    5. Matrimonio entre adolescentes... Por qué para unas cosas se invoca la autonomía progresiva y para otras no???

    6. Acaso no tienen los padres el derecho de decidir con quiénes se relacionan sus hijos???

    7.la nalgada necesaria también es considerada violencia, el grito a un niño para que reaccione ante lo mal hecho también...si un niño quiere hacer algo inadecuado y en su insistencia agota todos los recursos comunicativos e imaginativos de los padres.... Que habrán de hacer los padres??? Darle una nalgada, alzarle la voz con tono fuerte será violencia y pueden ser juzgados por las autoridades... Habrá que dejar que los niños y adolescentes hagan todo lo que quieran???

  • Zolthan dijo:

    No digo que este código no venga a suplir numerosos vacíos legales existentes, pero, no puedo estar de acuerdo con la ideología de género que es el trasfondo de esta legislación. Todas las personas merecen los mismos derechos, pero los niños saquen a los de estos asuntos, los niños son niños y las niñas son niñas...y no importa cuánto quieran en la mente aferrarse a una idea contraria, o cuánto maquillaje use, o cuál nombre imponga a los demás para llamarlo, esos crecerán y serán hombres y mujeres, porque no podemos cambiar eso. Yo como padre, y nadie más lejos que yo de la religión, jamás permitiría que a un hijo mío menor de edad le impongan pensamientos o ideología que solo le corresponde a los padres, las escuelas deben cumplir su rol de preparar hombres y mujeres social y civilmente correctos...la educación extracurricular es solo competencia de los padres, y en algún lugar de ese moderno código nos tendrán que proteger ese derecho. Apoyo al 1000% el matrimonio igualitario, pero jamás apoyaré la ideología de género sobre mis hijos.

  • Cubano dijo:

    Realmente un desastre, por citar un ejemplo, los adolescente pueden casarse si lo desean, sin consentimiento de los padre pero los padres deben garantizarle la alimentación hasta que termine la Universidad. La sombra de los influyentes detrás de todo esto, que falta de democracia.

    • Rodney dijo:

      No dice eso. Vuelva a leer.

    • MaryK dijo:

      Dice que está prohibido el matrimonio en menores de 18 años, porque antes sí se podían casar con autorización de sus padres las niñas desde los 14 años y los niños desde los 16años, ahora ya no será así simplemente no se casarán hasta su mayoría de edad, eso es lo que explica el artículo

  • Marianna dijo:

    Que va. Demasiadas concesiones por un lado, y demasiado control por el otro. Una mezcla de intereses mal.avenudos.
    No, no me gusta, votaré en contra.

    • AGM dijo:

      Así es

  • Rodney dijo:

    Los más paradójico de este código es que los más beneficiados en cuanto a derechos, o no pueden votar legalmente o su voto no es representativo del total.

  • Marilyn dijo:

    Esto parece que lo van a aprobar de a pepe sin contar con nadie.
    Tomen nota de que se advirtió y no dieron oreja.
    Como en tantas otras cosas.

  • Daniel dijo:

    De la forma que continúa el código NO tiene mi aprobación y SÍ TIENE mi voto en contra.

    Sigo estando en CONTRA de:
    Matrimonio entre personas del mismo sexo.
    la dopción homoparental.
    la gestación solidaria.

    Además pido MANTENER el concepto de Patria Potestad del actual código de familia.

  • Eduardo dijo:

    Hace un tiempo escribi este comentario con el objetivo de opinar sobre un trabajo periodistico. Se los ofrezco para sus consideraciones y porque estimo su colacion en este asunto del nuevo Codigo familiar.
    Leí su articulo ”El Parque, el Hombre y sus circunstancias”. Es su joven opinión y la respeto.
    Con el objetivo de que pueda servirle de utilidad, le escribo las consideraciones siguientes:
    Esas peripecias para satisfacer el apetito sexual siempre han existido, no es cosa del Erectus actual, huíamos siempre de lo mas caro y buscábamos siempre lo mas barato. Pero cuidado, la razón no debe ser sustituida nunca por los instintos zoológicos. Cualquier tipo de historia en las cuales estos últimos han dominado, usando groseras justificaciones, las consecuencias han sido nefastas.
    Para ser mas profundo analicemos causas y consecuencias.

    LA FAMILIA Y LA SOCIEDAD.

    A menudo se escuchan, desde el seno mismo del pueblo, voces de personas con decoro y fuerza moral expresando textualmente “esta sociedad está echada a perder”, ¿quién no lo ha escuchado en su centro laboral o en la calle y quién no conoce por qué lo dicen?, es obvia la respuesta, la casi extinción de patrones de conducta social. Casi a diario también se escucha por la radio o la televisión o se leen en la prensa escrita variados temas periodísticos relacionados con “la indisciplina social”. ¿Qué hacer?, a todo cubano digno atormenta la idea de la insolubilidad de esta bochornosa y desagradable situación.
    Sabemos que otras sociedades de este mundo están plagadas también de estos y otros males peores, pero ocupémonos ahora de salvar primero la nuestra.
    Me pregunto: ¿se han ocupado todas las Instituciones del país de la importancia de la unidad de la familia para la sociedad?, mi opinión y la de muchos es NO. Por solo hablar de algo muy evidente, cómo se puede entender que por la televisión nacional se publiquen tantas entrevistas de personas muy populares, girando siempre la esencia de dichas entrevistas en las relaciones conyugales del entrevistado. Con la mayor naturalidad te dice la cantidad de esposas (o esposos) e hijos que ha tenido, por ejemplo, tengo cuatro hijos de mis cinco matrimonios. Y ya eso se toma como lo mas normal. Que ejemplo para los más jóvenes y menos jóvenes. Ignoran el daño que hacen a la familia y la sociedad, al estimular, inconcientemente, la descomposición del matrimonio, que es conspirar contra la paz y la armonía de la familia y consecuentemente, contra la paz y la armonía de la sociedad.

    Reflexionemos los siguientes temas, como instrumentos de ayuda y comprensión:

    ¿Qué es la familia?
    La familia es una institución que existe por derecho natural, es el más natural y espontáneo de los grupos humanos, por lo tanto, tiene primacía de ser y de derecho frente a cualquier otra institución o grupo de hombres.
    La familia es una Comunidad de Personas cimentada en el amor recíproco de sus miembros (padre, madre e hijos), tiene como fin engendrar seres humanos, satisfacer de manera subsidiaria sus necesidades físicas y espirituales, educarlos, potenciar su naturaleza humana, incorporar a sus miembros a la sociedad y al trabajo para propiciar el bien común.

    La familia es el fundamento y/o célula básica de la sociedad, debido a que:

    • Desde el punto de vista biológico, la sociedad nace, crece, se educa y se renueva en la familia.
    • Desde el punto de vista moral, en la familia es donde principalmente se desarrollan las fuerzas morales y espirituales del hombre (el amor al prójimo, la justicia, la subsidiariedad, la solidaridad, la conciencia y valoración de la vida, el reconocimiento y aceptación de la autoridad, la veracidad, la gratitud, el honor, la generosidad, la afabilidad, etc.).
    • Desde el punto de vista cultural, en la familia, como en el ámbito más cercano a las personas, es donde nace y se hace la cultura de una sociedad y desde donde la sociedad puede restaurarse. La familia aporta a la sociedad a las personas que la integran, y éstas deben elevarla y engrandecerla con la cultura (la decadencia de la vida familiar es la causa más profunda de la decadencia de las sociedades).
    • Desde el punto de vista económico y material, la familia, a través del trabajo remunerado y de la satisfacción de las necesidades materiales e inmateriales (desarrollo intelectual, voluntad responsable, memoria, imaginación, libertad religiosa) de sus miembros, detona la actividad productiva y económica de la sociedad.
    El problema más grande que tiene la familia, es su descomposición, principalmente motivada por el divorcio de los padres. En ese caso la familia, queda contaminada de esa desgracia para siempre e incluso, perneada para las sucesivas generaciones. Las cuales ven como el concepto de unidad y continuidad, que habían aprendido, se ve roto por una decisión de los padres, en perjuicio de los demás componentes de la familia. La mayoría de los problemas que tiene la sociedad, tienen su origen en esa descomposición de la familia. No se puede tener una sociedad fuerte y bien formada, con el porcentaje tan grande de familias divorciadas una o varias veces y otros tipos también llamados familias. Los hijos y siguientes generaciones, que se han educado en esas graves situaciones, tienen muchas probabilidades de continuar con las mismas actitudes de descomposición familiar, pues lo que han visto y sufrido, llega un momento que lo ven normal, ya que la misma familia disfuncional, se encarga de transmitirlo de generación en generación. Es muy difícil que una persona que se ha criado así, tenga la fortaleza de rechazar esas situaciones y haga el esfuerzo por no repetir las mismas andanzas. Máxime cuando está rodeado de personas, que consideran normal a esas familias contaminadoras socialmente de su situación, pues esas familias se encargan continuamente y con muchos subterfugios, de pregonar a sus hijos, descendientes, familiares y amigos que su situación familiar irregular, es normal en los tiempos actuales.
    Los padres tienen que enseñar a sus hijos con su ejemplo y con sus palabras, la belleza de una familia bien unida, las ventajas de mantenerse unidos y los inconvenientes, en el caso que esa familia se destruya, y a sentir un sano y enorme orgullo por ser miembros de la familia y de los ancestros a la que pertenecen.
    Derechos y deberes

    Derechos:
    * Derecho a la vida y a la subsistencia.
    • Derecho a la libertad de decidir lo mejor para el bien de la familia.
    • Derecho al trabajo y a una remuneración que permita mantener con dignidad a la familia (y a un saludable descanso).
    • Derecho a una instrucción escolar, que permita potenciar y complementar la educación familiar.
    • Derecho a la vivienda adecuada a las necesidades de la familia.
    • Derecho a la salud y a la seguridad social.

    Deberes:
    • Deber de desarrollo responsable hasta donde pueda y de aceptar la ayuda para lo que no puede.
    • Deber de contribuir activamente en la consecución del bien común.
    • Deber de respetar las leyes justas.
    • Deber de reconocer y respetar la autoridad legitima.
    • Deber de respetar los derechos ajenos.
    • Deber de contribuir a la paz y al orden social.
    • Deber de conservar y potenciar los bienes económicos y materiales.
    • Deber de actuar con sentido de responsabilidad social.
    Sociedad y familia
    La sociedad es la unión moral y estable de una pluralidad de personas que en conjunto persiguen su bien común integrado al bien común de la sociedad; y la familia es el fundamento y/ o célula básica de la sociedad.
    La familia y la sociedad son interdependientes, por lo que todo lo que afecte a la familia tarde o temprano repercute en la sociedad y viceversa.
    La sociedad, a través de sus Instituciones (Familia, Estado, iglesias, Empresas, Asociaciones Civiles, etc.) debe propiciar a toda costa el bien ser y el bien estar de la familia.
    Hoy en día existen una serie de intereses, no legítimos y principalmente de carácter económico, que están destruyendo los principios y valores que deben servir de sustento a las familias y que, además, manipulan y alienan a sus miembros (drogadicción, hedonismo, medios de comunicación masiva que propician y promueven la deformación de la sociedad y la confusión de sus valores, etc.). La sociedad, a través de sus instituciones, debe organizarse para eliminar toda aquella amenaza o interés ilegítimo que atente contra la sana vida en familia y la adecuada educación de sus integrantes.
    Aspectos generales
    La familia es el único lugar en el que la persona es acogida y aceptada por el simple hecho de existir y de ser, una vez educada y desarrollada la persona por la familia, ésta se integra a la sociedad, en donde es acogida y aceptada en función de lo que aporte para el bien de la misma, que debe ser el bien común.
    La riqueza que las familias aportan de manera creciente a la sociedad, a través de sus generaciones, conforman el capital genético, cultural, económico y material de los pueblos.
    Las corrientes neoliberales y los medios de comunicación han venido transgrediendo los valores fundamentales y han convertido a toda sociedad en sociedades consumistas y permisivas, habiendo ocasionado reducir la felicidad a la consecución de los bienes materiales; la verdad a lo placentero; la persona a lo egocéntrico; la libertad a la espontaneidad irresponsable; al bien común en intereses particulares; a los valores en los deseos, etc., etc.
    El consumismo ha llegado al extremo de convertir a hombres y mujeres en objetos de consumo y a los ciudadanos en consumistas pasivos, irresponsables y acríticos.
    Es necesario, por tanto, que a partir de la esencia del hombre y de la finalidad de la vida humana se redescubran las posibilidades de la institución familiar, para que a partir de ello reforcemos a la familia y restauremos a la sociedad. Como expresó nuestro enorme José Marti: “En prever está todo el arte de salvar”.
    Actuemos todos ya, quizás para mañana sea tarde.

  • Daimis dijo:

    Por favor tengan en cuenta esas madres trabajadoras qué hemos tenido qué dejar de trabajar para poder cuidar de los niños que sufren de una discapacidad grabé que nunca van hacer independientemente por ejemplo yo estoy de licencia sin sueldo para poder cuidar de mi niño el cual necesita muchas cosas para su mejor evolución y aveces no tengo un centavo para comprarle nada, deberían de poner otra vez lo de madre cuidadora esos niños no pidieron venir al mundo así y por tanto necesitan de mucho pero mucho cuidado y requieren de una buena alimentación que si no tenemos ninguna entrada económica como podemos atenderlo como se merecen si no tenemos dinero ni para sus medicamentos y la mayoría de estos casos la vivienda está en mal estado

  • Yudelkis Espinosa Machado dijo:

    Saludos cordiales...tengo esta pregunta... mi hijo de 18 se unió informalmente a su novia de 15 y queremos saber si con esta edad se pueden casar formalmente.

Se han publicado 45 comentarios



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Ania Terrero

Ania Terrero

Periodista de Cubadebate. Graduada en 2018 de la Facultad de Comunicación de la Universidad de La Habana.
En Twitter @AniaTerrero

Edilberto Carmona Tamayo

Edilberto Carmona Tamayo

Subdirector de Desarrollo y Soporte a los Medios de Ideas Multimedios. Licenciado en Periodismo en 2016 por la Universidad de Holguín. Contacto: edilberto@cubadebate.cu

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