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Asamblea Nacional aprueba cuatro leyes sobre el sistema judicial que entrarán en vigor el próximo 1ro de enero

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Asamblea Nacional del Poder Popular. Foto: Irene Pérez/ Cubadebate.

Los diputados cubanos aprobaron este jueves las leyes de los Tribunales de Justicia, el proceso penal, el proceso administrativo y el código de los procesos, que dan paso “a una profunda reforma judicial y procesal en el ámbito de la justicia cubana”.

Reunidos de manera semipresencial en el Palacio de la Revolución de La Habana, en la jornada final del VII Período Ordinario de sesiones de la Asamblea Nacional del Poder Popular (ANPP), en su IX Legislatura, los legisladores dieron luz verde a las cuatro normas presentadas por el Consejo de Gobierno del Tribunal Supremo Popular (TSP), en consonancia con la disposición transitoria décima de la Constitución de la República. 

Al presentar los proyectos para su aprobación, el presidente del TSP, Rubén Remigio Ferro, recordó que los cuatro documentos recibieron una amplia consulta que contó con la participación de la población, y con criterios y propuestas de diputados, organismos del sector jurídico, universidades y otras instituciones. 

Las normas introducen novedades y desarrollan derechos y garantías que abrió la Carta Magna, entre ellos, el acceso a la justicia.  

Una comisión de corrección y estilo revisará el texto de las cuatro leyes, que entrarán en vigor el 1ro de enero del próximo año.  

Ley de los Tribunales de Justicia

Rubén Remigio Ferro, presidente del Tribunal Supremo Popular (TSP). Foto: Irene Pérez/ Cubadebate.

Remigio Ferro dijo que esta norma, que reemplaza la Ley No. 82, de 1997, respalda el principio socialista del país y tiene en cuenta lo establecido en los lineamientos socioeconómicos y en la conceptualización del modelo cubano. 

Para su elaboración, agregó, fueron observadas las convenciones, protocolos y otros tratados internacionales ratificados por Cuba. La ley “tiene mucho de ciencia e innovación”. 

  • Consolida la institucionalidad del país, de acuerdo con lo dispuesto en la Carta Magna.
  • La justicia es asumida como un servicio público.
  • Fortalece el ejercicio de los derechos y garantías de las personas.
  • Incorpora las mejores experiencias acumuladas en la práctica judicial en el transcurso de los últimos años.
  • Se ratifica que los tribunales tienen, entre sus objetivos, el de salvaguardar el orden económico, social y político establecido en la Constitución de la República de Cuba.
  • Se refuerza el principio de que la mayoría de los conflictos se conocen y resuelven, en primera instancia, por los tribunales municipales populares y sus secciones territoriales.
  • Mayor flexibilidad en el funcionamiento de los tribunales. 

Al leer el dictamen del proyecto de ley de los Tribunales de Justicia, el presidente de la Comisión de Asuntos Constitucionales y Jurídicos, José Luis Toledo Santander, destacó los importantes cambios a la organización de los tribunales en el país, en coherencia con los principios del capítulo V de la Constitución. 

La nueva ley, amplió, identifica los principios en que se sustenta la función judicial, como la imparcialidad y el de obediencia a la ley de los jueves, permitiendo su actuación libre de restricciones, influencia, presión o intromisión alguna. 

El derecho de las personas a ser juzgadas por los tribunales de justicia ordinarios con arreglo a los procedimientos legalmente establecidos y el respeto a los derechos de sus partes, destaca en su contenido. 

Resaltó las formas de elección de los jueces, su inamovilidad y los procedimientos para ser corregidos disciplinariamente, suspendidos o revocados. 

La nueva estructura que se propone para los tribunales de justicia facilitará un adecuado acceso de las personas a los mismos, un uso más racional de sus recursos humanos y materiales y una mayor calidad y celeridad en la tramitación de los casos. 

Ley del Proceso Penal

Diputadas durante el VII Período Ordinario de sesiones de la Asamblea Nacional del Poder Popular (ANPP). Foto: Irene Pérez/ Cubadebate.

Esta nueva norma reemplaza la vigente Ley de Procedimiento Penal, de 1977. Para su elaboración se tuvieron en cuenta los derechos y garantías recogidos en la Constitución y las recomendaciones realizadas por el Parlamento durante la rendición de cuenta del TSP ante ese órgano en diciembre de 201, además de 23 convenciones e instrumentos internacionales.

A su vez, dijo Rubén Remigio Ferro, se tomaron como referentes las mejores experiencias y las disposiciones normativas más avanzadas de otros países, adecuadas a las peculiaridades y circunstancias concretas de Cuba.

Entre las principales novedades resalta:

  • Otorga protagonismo a las víctimas en el proceso penal, lo cual no sucede en la actualidad al no poder proponer pruebas, ni apelar, generando quejas. Ahora se le otorga el derecho de nombrar abogado, asistir como ayudante del fiscal (coadyuvante) y ejercitar la acción civil o renunciarla. También declarar al inicio del juicio para poder observar la práctica de la prueba y establecer recursos contra las decisiones que le afecten.
  • Se introducen vías para la solución de los conflictos por métodos alternos.
  • La persona puede disponer de un abogado desde los inicios del proceso.
  • Todo imputado tiene derecho a la defensa y a designar quien le defienda una vez instruido de cargos.
  • Si la persona está detenida o asegurada con medida cautelar de prisión provisional o presa por otra causa y no designa defensor dentro de las 48 horas, y lo solicita, la autoridad actuante viene obligada a facilitarle una defensa de oficio.
  • El trato digno y la prohibición de la violencia o coacción en el desarrollo del proceso. 
  • Derecho a la no autoincriminación: Se establece el derecho del imputado a guardar silencio y no declarar contra sí mismo extensivo a sus parientes más cercanos, sin que por esto se presuma su culpabilidad. 
  • Presunción de inocencia: Es una garantía que se propone establecer desde el inicio del proceso y hasta tanto no exista sentencia condenatoria firme, instituyendo su presunción a favor del acusado ante la falta de pruebas suficientes en su contra. 

Ley de Proceso Administrativo

Los legisladores dieron luz verde a las cuatro normas presentadas por el Consejo de Gobierno del Tribunal Supremo Popular. Foto: Irene Pérez/ Cubadebate.

Reemplaza en parte la norma No.7, de Procedimiento Civil, Administrativo, Laboral y Económico. Es fruto de una elaboración colectiva, enriquecida desde la base, destacó el presidente del Tribunal Supremo Popular.  

  • Se podrá reclamar contra decisiones administrativas u omisiones de directivos, funcionarios o empleados, en el ámbito de sus funciones administrativas.
  • Se exige que, para poder acudir al tribunal, primero es necesario reclamar ante la autoridad administrativa superior al supuesto responsable de la decisión, omisión, daño o perjuicio.
  • Posiciona el proceso administrativo como un instrumento jurídico para conocer, con mayor amplitud y diversidad, las controversias en relación con el funcionamiento administrativo público y se amplía la competencia de los tribunales en materia administrativa. 
  • Se habilita, con las correspondientes excepciones, la posibilidad de demandar a los órganos, organismos, entidades o personas que ejerzan función administrativa en el país, sean o no parte de la estructura de la Administración Pública. 
  • Refuerza la oralidad, mediante audiencias, lo que ofrece mayores posibilidades de comunicación entre el tribunal y las personas implicadas en el conflicto, entrañando mayores garantías para alcanzar una decisión justa.

“La dimensión de las modificaciones que este proyecto introduce en el ámbito del proceso administrativo no tienen precedente en la historia de nuestro país. Nunca antes, en Cuba, un proyecto de legislación procesal administrativa había contemplado las garantías judiciales frente a la actuación administrativa, de la forma en que lo hace esta regulación para los derechos de las personas, el interés público y la propia gestión administrativa del Estado”, resaltó José Luis Toledo Santander.

Ley de Código de Procesos

Diputados durante el VII Período Ordinario de sesiones de la Asamblea Nacional del Poder Popular (ANPP). Foto: Irene Pérez/ Cubadebate.

Reemplaza en gran parte la Ley No.7, de Procedimiento Civil, Administrativo, Laboral y Económico. 

  • Unifica la forma de proceder para los asuntos civiles, familiares, mercantiles y del trabajo y la seguridad social, estableciendo dos modalidades básicas similares para la tramitación de todos los asuntos de estas materias: el proceso ordinario y el proceso sumario.
  • Se amplía el acceso a la vía judicial a determinados asuntos que lo requieren por su naturaleza y trascendencia en la vida de las personas y que, hasta ahora, no contaban con esa posibilidad.
  • Se fortalece la interacción directa entre el tribunal y las partes con la realización de audiencias, en las que el órgano judicial escucha a los implicados  y, cuando es posible, procura el acuerdo entre ellos.
  • En contraste con sus antecesores, este código potencia la oralidad y el carácter público de sus actos. 
  • Un papel más activo de los jueces, que busquen la verdad de los hechos.

De especial atención resultan, subrayó el presidente de la Comisión de Asuntos Constitucionales y Jurídicos, las garantías que establece esta norma para las personas en situación de discapacidad, así como en los casos de violencia de género o familiar, cuando intervienen menores de edad y cualquier otra situación en que intervengan personas en condición de vulnerabilidad. 

Con la presencia del presidente Miguel Díaz-Canel Bermúdez, los diputados se reúnen de manera semipresencial, en el Palacio de las Convenciones de La Habana. Foto: Irene Pérez/ Cubadebate.

Esteban Lazo, presidente de la Asamblea Nacional del Poder Popular de Cuba. Foto: Irene Pérez/ Cubadebate.

Los diputados cubanos aprobaron este jueves las leyes de los Tribunales de Justicia, el proceso penal, el proceso administrativo y el código de los procesos. Foto: Irene Pérez/ Cubadebate.

Asamblea Nacional aprueba cuatro leyes sobre el sistema judicial que entrarán en vigor el próximo 1ro de enero. Foto: Irene Pérez/ Cubadebate.

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Se han publicado 29 comentarios



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  • Economista dijo:

    Si , yo también boto desde mi casa por la aprobación de las nuevas leyes, pero para que se cumplan.
    Lo que no puede suceder es lo que sucede a diario con la ley de protección al consumidor aprobada y bien por la ANPP.
    Para protegerme tengo que cargar con mi pesa digital constantemente porque en cualquier mercado te roban descaradamente y sin el menor escrúpulo.

    • Uno de por ahí dijo:

      Pobres juristas. Ahora todo le cae en tromba, todo a partir del 1 de enero.

    • Alina dijo:

      Además de coincidir con usted, más ilustrativa la desprotección : en el área aledaña al Clínico de 26, aplaudo exista la venta de productos agropecuarios,pero por el vacío legal que existe para exigir calidad en los productos que se ofertan ,inescrupulosente están vendiendo la malanga ensobrada en nylon a $100. Cuando abre encuentra mitad malangas y mitad residuos de cosechas!!! La estafa está generalizada: ahí mismo y en muchas otras tarimas venden el cebollino seleccionado de los bulbos más grandes en mazos de 10 u como cebollas: $40...y ????

      • Jose Daniel dijo:

        Economista coincido con usted este es el país donde más leyes existen pero no se cumplen ninguna ejemplos sobran, la delegación de la agricultura en Minas de Matahambre en Pinar del Río las indisciplinas sociales por animales sueltos y (o) amarrados en tierras ajenas pululan por la libre y las autoridades conviven con estos fenómenos y son incapaces de resolverlo. ¿ cómo se explica que en la mayoría de las viviendas rurales se tengan dos o más caballos si no tienen propiedad de tierras?¿cómo se explica esto?.¿ Que control pecuario puede admitir que una persona tenga equino si no tiene tierras?¿dónde cuida la persona que no tiene tierra esos caballos?. Claro en tierras ajenas sin permiso del dueño o suelto,¿ Es culpa del bloqueo de Estados Unidos la infuncionalidad que tiene la agricultura en cuanto al tema?.Las indisciplinas sociales, el irrespeto a la paz y el derecho ajeno están creando división y apatía entre cubanos y precisamente no se le puede cargar esto también al bloqueo de Estados Unidos. Por favor publiquen mi comentario. Gracias

    • Bohemio dijo:

      200 % de acuerdo con UD. Tengo 60 años y me ha tocado bailar con la más fea: consumidor sin influencias y a pie. Si yo fuera gobierno y quisiera favorecer al consumidor, estableciera a partir del 1ero de Enero que todo el que venda algo pesable lo haga con dispositivo digital. Es decir: desde ese día se declaran ilegales las pesas tradicionales que tanto han contribuido al robo y la estafa y han reducido, en gran medida, el producto final al consumidor, engrosando los bolsillos de los malhechores. Gracias

    • Blanca dijo:

      ECONOMISTA, la Protección al Consumidor
      es desconocida por quienes manejan las pesas en los mercados, y violada en las garantías de los artículos comprados en cuc, al menos en TRD Caribe. Triste experiencia personal...

  • lj87 dijo:

    Alguien me puede aclarar si dentro de las novedades de estas reformas al Sistema Judicial está incluida la desaparición de la nombrada Peligrosidad y que desde mi modesta opinión es un horror y una afrenta a la dignidad de los hombres. Saludos y espero me publiquen para saldar mi duda.

    • Leya dijo:

      Si se elimina el concepto de peligrosidad social, y se asume el de lesividad

      • Ernesto dijo:

        Y ahora qué es eso de lesividad!?

      • Moraima dijo:

        Ernesto interpreto por la definición de la palabra que una persona de conducta social inadecuada o que cuenta ya con algún antecedente es lesiva para la sociedad. Es decir, su conducta puede representar peligrosidad para la sociedad. Es el mismo perro con diferente collar, pienso yo que no soy jurista, solo interpreto y aplico el significado de la palabra lesiva.

  • Eglis H. Lee Henry dijo:

    Es bueno que se tengan en cuenta todas las garantías procesales, voto por el mejoramiento del sistema judicial cubano atemperado a las nuevas circunstancias, pero me sigue preocupando la situación de los marcos sancionadores ante la comisión de hechos delictivos; permanecerán invariables o se ajustarán ante este nuevo contexto?
    Eso es algo que debe explicársele al pueblo soy del criterio, que del conocimiento se desprende la prevensión ante posibles actos delictivos.

    • Leya dijo:

      En el caso de los marcos sancionadores es en el código penal donde se fijan para cada figura delictiva

  • Jorge varona dijo:

    Hace un ratito escuché a diputados expresar conceptos y sugerencias sobre la construcción en Cuba y recuerdo cuando se construía la embajada rusa hay di mis primeros pasos en la construcción dicha construcción fue a molde deslizante y el primero dando vaqueta cuando se fundía era el ingeniero jefe de obra y por la parte cubana nuestros cuadros lo único que hacían era mirarlo con asombro , siempre me ha gustado los documentales de construcción y en ellos siempre los ingenieros jefes de obra están a pie de las mismas y ejecutan los problemas más difíciles como el mejor operario, recuerdo cuando Fidel estuvo de visita en las torres perros y pregunta en qué tiempo se construyeron le dijeron 2 años y se viro y dijo estás palabras tenemos que aprender a construir ya en Cuba no existen operarios ni grandes acquitectos

    • Ultra dijo:

      Si existen mi hermano, lo que pasa que están en sectores estatales deprimidos desde cualquier parte que se mire... Si quiere ver obras hechas por cubanos en tiempo record lléguese al Mariel, a su zona de desarrollo y vea los viales, puentes, rotondas, edificaciones, etc todas realizadas en tiempo record con gran calidad

  • JAC43 dijo:

    SOBRE EL TEMA DE LA CONSTRUCCION DE VIVIENDAS
    En las décadas del 70 y del 80 se construyeron varios cientos de miles de viviendas y todas se hicieron a través de las microbrigas creadas en las empresas, otros tipos de centros laborales, unidades militares. Alrededor de esta actividad se creó un movimiento de masas tremendo. En mi caso particular participé en infinidad de ocasiones los fines de semana para apoysr ese trabsjo. Los materiales los entregaba el Estado pero los controlaba el jefe de la Brigada Los.jefes de las empresas y unidades militares.
    Ahora me pregunto porqué utilizando esa grandiosa y única experiencia en el mundo no se ha vuelto a retomar el trabajo de las microbrigas.
    Veamos que ha sucedido. Se entrega una asignación de dinero para que la persona construya su unidad básica. Gente sin experiencia alguna, ancianos. Esa persona a comprar en los rastros. Buscsr un albañil. Una locura que solo ha logrado la pobre csntidad de la construcción de varios cientos de pequeñas viviendas. Algunas con pésima calidad.lo otro es personas con su dinero y la debida autorización construye su vivienda.
    De acuerdo a lo plsnteado por Fidel el 26 de Julio de 1987 o 1988 en Cuba se construia anualmente unas 60,000 viviendas y por las necesidades existentes hacía falta incrementar esa cantidad a 100,000 anual por 10 añosl. Por los métodos actuales ni en 100 años se resuelve este problema. Todo lo contrario cada vez aumenta más el problema.

    • Govea dijo:

      Desaparecieron las microbrigadas y aparecieron los descontroles, los incumplimientos de construcción de viviendas, los datos de nuevas viviendas construidas falseados,..., las microbrigadas no debían haber desaparecido, pero como todo en Cuba, era una forma rápida y segura de obtener viviendas, pero llegó el burocratismo y los legueluyos y adiós todo... como siempre nos pasa.

  • José dijo:

    Hola están muy bueno todos los cambios pero debe de variarce los términos del antecedente penal es muy estenso y a la vez afecta a la hora de la reincertar socialmente al ciudadano, a la ves la reincidencia y la multireincidencia debería de quitarse cuando el sancionado extingue el periódo de su sanción.

  • Leya dijo:

    Me gustaría poder descargar las leyes aprobadas, en que sitio puedo encontrar la versión presentada en esta sesión de la ANPP

  • Francisco Limonta dijo:

    Mi opinión es que se ha desarrollado una buena asamblea, con intervenciones muy esclarecedoras. Pero pienso que se debe hacer más énfasis en la concepción de ROMPER EL BLOQUEO. Sabemos que nuestro gobierno y pueblo realiza múltiples acciones dirigida a ese fin ROMPER EL BLOQUEO. Hay muchos ejemplos, tales como las tres vacunas y dos candidatos contra la Covid 19, la labor de nuestros médicos y del pueblo en general que ha permitido bajar los índice de contagios de ese virus. La resistencia de nuestro pueblo frente a los embates del gobierno de los Estados Unidos de América y de sus lacayos dentro y fuera de nuestro país.
    Pero, el pueblo debe hacer suyo el concepto y concepción de ROMPER EL BLOQUEO, junto a la resistencia que llevamos por más de 60 años y la necesidad de desarrollarnos con nuestras propias fuerzas, en términos de innovación, desarrollo de la ciencia y la tecnología y nuestra creatividad.
    En la guerra cuando estamos cercados, buscamos la manera de romper el cerco. Si estamos bloqueados, debemos ROMPER EL BLOQUEO.
    Cualquiera diría: y eso no es lo que estamos haciendo? Yo respondería SÍ. Pero a mi juicio, ese concepto no está suficientemente arraigado en el pueblo; no está suficientemente empleado en el lenguaje cotidiano. Incluso, no escucho a nuestros dirigentes decir ese concepto con más frecuencia.
    Se dice mucho: hay que luchar contra el bloqueo. Sin embargo, en mi opinión ROMPER EL BLOQUEO tiene una connotación mayor, porque es ir a la ofensiva todo el tiempo. Significa que todo lo que hagamos es para eso, para ROMPER EL BLOQUEO.

    • Julio dijo:

      Cuba es antiimperialista como lo consagra su Constitución y como lo refiere su consecuente accionar. EEUU es el país más imperialista que haya existido jamás. El Bloqueo es consecuencia de la guerra política entre Cuba y EEUU. La única forma de ponerle fin al Bloqueo es ponerle fin a la guerra política entre Cuba y EEUU.

    • Govea dijo:

      Estoy totalmente de acuerdo con usted... hace falta una mentalidad general, popular, de ROMPER EL BLOQUEO, solo le dajamos esa tarea a algunas instituciones gubernamentales, pero de verdad, de verdad, vemos el bloqueo como algo insuperable para el cubano, como el totí de echarle la culpa a muchos problemas internos... El modo de actuar de todo dirigente, trabajador, campesino, en fin, pueblo, debe ser con un objetivo bien definido: ROMPER EL BLOQUEO.

  • Reynaldo dijo:

    Excelente.

  • Carlos Rafael Serrano Morales dijo:

    Importante leyes en bien del derecho y la justicia social, ahora estudiarla y cumplir con lo que le corresponde a cada cual.

  • Eliseo Plasencia Durán dijo:

    Se han aprobado 4 Leyes muy esenciales, en corespondencia a la nueva Constitución, corresponde primeramente nosotros los juristas prepararnos para la aplicación correcta de las mismas, contribuir a la instrucción del resto de los trabajadores y pueblo en general, de ahi su respeto y educación cívica. El año 2022 será muy decisivo, como otros, pero este iniciará con la aplicación de estas 4 Leyes, la consulta popular al Código de Familias, su aprobación luego, elecciones generales, una recuperación favorable de la economía y la lucha inteligente contra los mercenarios que intentan cambiar el rumbo de nuestra Revolución, no encontrarán pretexto, SOMOS MAS, QUE NO SE OLVIDEN.

  • Julio dijo:

    En esta nueva legislación puede el abogado defensor entrar en acción inmediatamente después de la detención? Si no es así seguimos en la mismas.

  • Ania Pérez Escalona dijo:

    Ania dijo.
    Como siempre la Asamblea, es el reflejo de nuestra democracia, dignidad y la continuadora de los principios forjados por nuestros lideres, excelentes intervenciones de nuestros Diputados. Las cuatro leyes que se aprobaron estan a tono con la Constitución aprobada, es muy necesario para la continuidad y transparencia del sistema judicial y la defensa de los derechos ciudadanos, sean aplicadas correctamente por los
    profesionales del derecho. Adelante Presidente siga forjando y defendiendo nuestros ideales, siempre lo apoyaré. Viva la Revolución.

  • TCM dijo:

    Me gustaria que en lo adelante en los juicios orales penales, el acusado se siente junto a su abogado, esto tributará a una mejor comunicacion entre ellos, pues durante el juicio oral pueden surgir aspectos que necesitan ser analizados por el acusado y su defensa, y si se sientan juntos, podran comunicarse mejor para canalizar esos asuntos, y contribuir a un mejor binomio abogado y cliente....y con ello a una mejor defensa....como se observa en otros paises...

  • Ultra dijo:

    Yo tambien apoyo las nuevas concepciones del Código Penal, que se aplique la Presuncion de Inocencia y NO la de culpabilidad como se venia haciendo hasta ahora

  • yordanis dijo:

    cuáles son esas 23 convenciones y los tratados internacionales de los cuales nustro país forma parte a firmado y ratificado... sería buenp y oportuno frezcan más infiormación y detalles en este sentido.. gracias

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Oscar Figueredo Reinaldo

Oscar Figueredo Reinaldo

Subdirector de medios digitales de Ideas Multimedios. Graduado de la Facultad de Comunicación de la Universidad de La Habana en el año 2015. Periodista del programa televisivo Mesa Redonda. Ha ganado diversos premios en el Concurso Nacional de Periodismo 26 de Julio. Contacto: oscar@oigc.cu En Twitter: @OscarFigueredoR

Dinella García Acosta

Dinella García Acosta

Periodista de Cubadebate. Graduada de la Facultad de Comunicación de la Universidad de La Habana (2019). Contacto: dinella@cubadebate.cu En Twitter: @dinella_garcia

Lissett Izquierdo Ferrer

Lissett Izquierdo Ferrer

Periodista de Cubadebate. Graduada en la Universidad de La Habana (2014). Trabajó en la Agencia Cubana de Noticias del 2011 hasta septiembre de 2018. Contacto: lissett@cubadebate.cu

Irene Pérez

Irene Pérez

Fotorreportera cubana. Trabajó en Cubadebate de 2011 a 2022. Graduada de Periodismo en la Universidad de La Habana (2014). En Twitter: @irenepperezz

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